Le informamos que usted puede realizar el pago de los impuestos que se detallan a continuación, por medio del convenio de conectividad donde tiene su cuenta bancaria desde internet a través del sitio web de la entidad financiera o bien apersonándose en las cajas (ventanillas ) de estas entidades con sólo mencionar su número de cédula de contribuyente o del agente de retención según corresponda, al igual que lo hace cuando realiza los pagos de los servicios públicos de teléfono, agua o electricidad entre otros.
Recuerde haber confeccionado y presentado previamente la declaración del tributo correspondiente, a través del portal Administración Tributaria Virtual (ATV).
- D-101 Impuesto sobre las Utilidades
- D-103 Retenciones en la fuente
- D-102 Percepción IVA Emisores de Tarjeta
- D-104 Impuesto al Valor Agregado
- Régimen Simplificado D-105
- D-106 Selectivo de Consumo
- D-107 Impuesto a los Casinos
- D-114 Impuesto a los Combustibles
- D-116 Sanciones
- D-117 Impuesto específico de consumo sobre bebidas alcohólicas
- D-125 Rentas de Capital
- D-126 Timbre de Educación y cultura
- D-135 Régimen especial agropecuario Cuatrimestral
- D-137 Régimen especial agropecuario Anual
- D-149 Rentas de Capital Mobiliario
- D-162 Impuesto de rentas de capital y ganancias y pérdidas de capital
- D-171 Impuesto específico sobre bebidas envasadas sin contenido alcohólico y jabón de tocador
- D-173 Retenciones IVA
- Canon D-176 SUTEL
- SUTEL Parafiscal D-177
- D-179 Impuesto solidario
- D-180 Impuesto Personas Jurídicas Ley 9428 *
- D-181 Retenciones a Cuenta-Renta
- D-186 Impuesto a los productos de Tabaco
- D-187 Cruz Roja
- D-188 IVA Proveedores e Intermediarios de Servicios Transfronterizos
Además de los impuestos antes mencionados, usted puede realizar el pago por medio de conectividad de:
– Pagos parciales del Impuesto sobre la Renta
Las entidades que cuentan con el sistema de conectividad son: